La Puerta de la Misericordia es una Puerta Santa especial que, durante este Año Santo extraordinario, el Santo Padre Francisco ha pedido que se abra en cada Diócesis, permitiendo a los fieles de todo el mundo experimentar plenamente la Misericordia del Padre. El mismo Papa Francisco lo expresa así en la Bula de Indicción Misericordiae Vultus (n. 3): «Para el mismo domingo [Domingo III de Adviento] establezco que en cada Iglesia particular, en la Catedral que es la Iglesia Madre para todos los fieles, o en la Concatedral o en una iglesia de significado especial se abra por todo el Año Santo una idéntica Puerta de la Misericordia. A juicio del Ordinario, ella podrá ser abierta también en los Santuarios, meta de tantos peregrinos que en estos lugares santos con frecuencia son tocados en el corazón por la gracia y encuentran el camino de la conversión».
Corresponde, por consiguiente, al Ordinario decidir en qué iglesia se abrirá la Puerta de la Misericordia. Por supuesto, se garantizará que en la misma iglesia estén siempre disponibles sacerdotes para las confesión, al menos durante la celebración del Jubileo.
Ritos de apertura y clausura de la Puerta de la Misericordia.
Este Dicasterio ha preparado una propuesta de ritual, tanto para la apertura como para la clausura de la Puerta de la Misericordia, aprobado por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Para mayor información se puede consultar el volumen Celebrar la Misericordia (en la serie “Misericordiosos como el Padre”, que incluye los subsidios pastorales para el Jubileo).
Indulgencia y condiciones.
El tiempo de gracia del Jubileo de la Misericordia se caracterizará, naturalmente, por la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a través de algunos ejercicios de piedad – culminados por la entrada por la Puerta Santa o Puerta de la Misericordia – que acompañarán la oración y las celebraciones de los sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía, como signos concretos del camino de conversión e “inmersión” en la Misericordia del Padre. Las condiciones para obtener la indulgencia se darán a conocer con un Decreto de la Penitenciaría Apostólica, al que el Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización contribuirá a dar amplia difusión (p.e con la comunicación directa a los “puntos de contacto” diocesanos que se hayan registrado en la web del Jubileo: http://www.im.va).
(Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización)