Carta apostólica con la que se instituye el Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral

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CARTA APOSTÓLICA
EN FORMA DE «MOTU PROPRIO»

DEL SUMO PONTÍFICE
FRANCISCO

con la que se instituye el
Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral

En todo su ser y obrar, la Iglesia está llamada a promover el desarrollo integral del hombre a la luz del Evangelio. Este desarrollo se lleva a cabo mediante el cuidado de los inconmensurables bienes de la justicia, la paz y la protección de la creación. El Sucesor del Apóstol Pedro, en su labor de promover estos valores, adapta continuamente los organismos que colaboran con él, de modo que puedan responder mejor a las exigencias de los hombres y las mujeres, a los que están llamados a servir.

Con el fin de poner en práctica la solicitud de la Santa Sede en los mencionados ámbitos, como también en los que se refieren a la salud y a las obras de caridad, instituyo el Dicasterio para el servicio del desarrollo humano integral. En modo particular, este Dicasterio será competente en las cuestiones que se refieren a las migraciones, los necesitados, los enfermos y los excluidos, los marginados y las víctimas de los conflictos armados y de las catástrofes naturales, los encarcelados, los desempleados y las víctimas de cualquier forma de esclavitud y de tortura.

En el nuevo Dicasterio, regido por el Estatuto que con fecha de hoy apruebo ad experimentum, confluirán, desde el 1 de enero de 2017, las competencias de los actuales Consejos Pontificios que se indican a continuación: el Consejo Pontificio Justicia y Paz, el Consejo Pontificio «Cor unum», el Consejo Pontificio para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes y el Consejo Pontificio para la Pastoral de la Salud. En esa fecha, estos cuatro Dicasterios cesarán en sus funciones y serán suprimidos, quedando abrogados los artículos 142-153 de la Constitución apostólica Pastor Bonus.

Cuanto deliberado con esta Carta apostólica en forma de «Motu proprio», ordeno que entre en vigor de manera firme y estable, no obstante cualquier disposición contraria, aunque sea digna de particular mención, y que sea promulgada mediante publicación en L’Osservatore Romano y, posteriormente, en Acta Apostolicae Sedis, entrando en vigor el 1 de enero de 2017.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 17 de agosto de 2016, Jubileo de la Misericordia, cuarto de mi Pontificado.

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