Nombramientos en la Diócesis de Cartagena

A) PRECEPTO EN LAS SOLEMNIDADES DE APÓSTOLES

16 de mayo de 2024

• SOLEMNIDAD DE LOS SANTOS APÓSTOLES PEDRO Y PABLO

Entre todas las fiestas de los santos, la Sagrada Liturgia valora especialmente las de los santos Apóstoles, que son testigos de la vida, la palabra y la resurrección del Señor y los fundamentos sobre los que Jesucristo quiso edificar su Iglesia. Una importancia especial tiene desde hace siglos, la solemnidad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo, que la Iglesia universal celebra el 29 de junio. Teniendo en cuenta que este año dicha solemnidad cae en sábado, jornada laborable, y con el fin de darle la importancia pastoral que la solemnidad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo tiene para el Pueblo de Dios, festejarla con el mayor realce y procurar que puedan participar el mayor número de fieles posible, disponemos:
1. Que, en el presente año, la celebración litúrgica de la solemnidad de San Pedro y San Pablo en nuestra Diócesis de Cartagena, sea trasladada al domingo siguiente, día 30 de junio.
2. En la homilía de ese día, se debe presentar a los fieles la importancia de la comunión con el Santo Padre Francisco en su ministerio de unidad y magisterio para la Iglesia universal. Signos de nuestra unión con él, serán también la oración por su persona y apostolado, así como la aportación a la colecta habitual, que será destinada a ayudar al Santo Padre en el mantenimiento de su servicio a todas las Iglesias.

• SOLEMNIDAD DEL APÓSTOL SANTIAGO

Una importancia especial tiene desde hace siglos para la Iglesia española, y de un modo particular para nuestra Iglesia diocesana la solemnidad del Apóstol Santiago, primer testigo del Evangelio en nuestra tierra, que, según la tradición, hizo su entrada a España por la ciudad de Cartagena. Teniendo en cuenta que este año dicha solemnidad cae en jueves, jornada laborable en nuestra Comunidad Autónoma, y con el fin de darle la importancia que la fiesta merece, disponemos:
1. Mantener en nuestra Diócesis de Cartagena el día de Santiago, 25 de julio, como fiesta de precepto, con la obligación de participar en la Santa Misa.
2. Dispensar del obligado descanso laboral a los fieles que se vean precisados a desarrollar su trabajo habitual ese día.
3. Pedir a los párrocos y otros rectores de Iglesia que ordenen los horarios de los servicios religiosos de modo que, los fieles encuentren la mayor facilidad para participar de la Santa Misa.
4. Pedir igualmente a los párrocos y otros rectores de iglesias que, con la debida antelación, comuniquen a los fieles el contenido de este decreto y los horarios de las misas.

B) ASOCIACIONES DE FIELES Y FUNDACIONES

17 de mayo de 2024

• COF-0255 Confirmación de reelección y prórroga de nombramiento de D. Fernando Pascual Molina como presidente de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Agonía y Vera Cruz de Yecla, con vigencia inicial hasta el 29 de febrero de 2028.

Secretaría General del Obispado de Cartagena

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